La CPP y la ciudadanía económica

 La CPP y la ciudadanía económica 

Artículo 22°.- El trabajo es un deber y un derecho. Es base del bienestar social y un medio de realización de la persona.

Artículo 23°.- ….. Estado, el cual protege especialmente a la madre, al menor de edad y al impedir que trabajen.

Artículo 24°.- El trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente, que procure, para él y su familia, el bienestar material y espiritual.

Artículo 25°.- La jornada ordinaria de trabajo es de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales, como máximo. En caso de jornadas acumulativas o atípicas, el promedio de horas trabajadas en el período correspondiente no puede superar dicho máximo.

¿Cómo se fortalecería la ciudadanía económica con los artículos mencionados?

Los artículos mencionados, se muestran los derechos que tienen cada persona, y una propuestas que haría para fortalecer la economía de la ciudadanía, es que a los jóvenes que no estudian ni trabajan, puedan brindarle un empleo para satisfacer sus necesidades  


Constitución Política del Perú

https://drive.google.com/file/d/11V2ohd9PeJnz2nYjLQJea5M9leYl8QDr/view?usp=sharing

Asuntos públicos

https://drive.google.com/file/d/1wGwEP6KMpF8L9maEjV-gCUD8Sep7a8Xg/view?usp=sharing



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